La Mediación familiar. ¿En que nos beneficia?

por | 24 May 2017 | Mediación

¿Qué es la mediación?

La mediación es un proceso confidencial y voluntario de resolución de conflictos donde un tercero, el mediador, de forma neutral e imparcial, ayuda a las personas implicadas a comunicarse entre sí de una forma adecuada, positiva y eficiente con el objeto de acercar posiciones y alcanzar acuerdos satisfactorios y aceptados por ambas partes.

La mediación, por tanto, es una forma alternativa de afrontar los conflictos. Se trata de un proceso de resolución de las disputas distinto a la vía judicial donde un tercero, el juez, dictamina qué es lo que hay que hacer. En la mediación no hay juez ni árbitro. El mediador no va a decidir nada; son las partes las que tienen el poder. Se basa en la idea de que las personas adultas somos responsables y lo suficientemente maduras como para sentarnos a hablar, analizar las posturas divergentes, escuchar y ser escuchados y poder acercar posiciones hasta llegar a un punto de encuentro.

La mediación es un espacio para el diálogo y la comunicación. Para que este espacio sea posible, sus principios básicos son el respeto mutuo, la confidencialidad, la voluntariedad de las partes, la flexibilidad, la libertad y autonomía de las personas y, por encima de todo, la buena fe.

El papel del mediador

El papel del mediador es guiar este proceso con una conducta activa enfocada a lograr el acercamiento, dirigiendo y apoyando a las partes para que puedan plantear sus intereses fuera de presiones, de manera ordenada y ateniéndose a las reglas del juego mutuamente aceptadas.

Ventajas respecto a la vía judicial

Las ventajas respecto a la vía judicial son variadas: su inmediatez, su flexibilidad respecto a las soluciones acordadas y el modo en que desarrollar el proceso, su menor impacto emocional y su menor coste económico.
El procedimiento se lleva a cabo mediante entrevistas conjuntas e individuales entre el mediador y las partes, a criterio del mediador. En cualquier punto del proceso, ambas partes podrán asesorarse, si lo ven oportuno, por especialistas del ámbito legal o de cualquier otro.

Siendo un acto voluntario, cualquiera de las partes puede dar por finalizado el procedimiento cuando considere oportuno, comunicándoselo así al mediador. No hay que llegar a un acuerdo obligatoriamente.

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